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27 julio, 20170

Pilot CCS ha resultado adjudicataria del servicio de control y auditorías de los campamentos de verano de la Xunta de Galicia. Los auditores de Pilot CCS verifican que los campamentos se desarrollan según el pliego de condiciones que regula a las empresas adjudicatarias de estos campamentos.

Nuestros auditores revisan la presencia, entre otros puntos, del personal técnico, material y cumplimiento de cronogramas.


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18 abril, 2017

Recuerdo, en un ya lejano junio de 2014, una serie de discusiones con unos muy despreocupados empleados de una conocida empresa multinacional de servicios, un Gerente Regional y su Jefe de Recursos Humanos, cuando les insistía en la necesidad de adaptarse rápidamente a la obligatoriedad del registro diario de jornadas. Todo ello con el fin de evitar que posibles acciones de la Inspección de Trabajo conllevasen sanciones a su empresa y que sus clientes (en este caso uno conjunto) pudiese verse perjudicado por las mismas. Recuerdo su resistencia numantina y que casi podríamos encuadrase dentro de lo cerril y no exenta de un punto de autosuficiencia, a justificar ante su cliente este registro, sin alcanzar a ver la dimensión del problema. Recuerdo su expresión, por ser parecida a la de los personajes del irrepetible Uderzo, creador de Astérix, y con paciencia benedictina escuche de la boca del Gerente la socorronería:«y si, y si … cae el techo sobre nuestras cabezas». Pensé inmediatamente que, si no el cielo de los galos, que sabe Dios cuan pesado es, al menos es probable que con esa actitud efectivamente terminase cayendo, al menos, el techo sobre nuestras cabezas.

Pues bien, este problema ya está aquí de lleno. El techo se ha caído sobre nuestras cabezas y la Inspección de Trabajo ha puesto el foco en el registro de la jornada. A pesar de la última sentencia del Tribunal Supremo, la obligatoriedad de registro en los contratos a tiempo parcial permanece y debemos recordar que son mayoría en el sector servicios. Sobre este particular es muy destacable la correctísima posición de Jesús Martín López, presidente de AELMA y vicepresidente de AFELIN que en un reciente entrevista en la revista «Limpiezas» asume que «no hay manera de librase de ello» y, no solo eso, si no que busca el lado positivo identificando claramente que es una herramienta para luchar contra la competencia desleal en el sector, donde no son pocas aquellas empresas que contratan al personal por menos horas de las que efectivamente realizan. Reconozco la visión de este directivo, que yendo más allá indica que esto debe verse «como una oportunidad de distinguirse de otras empresas».

Fue lamentable la falta de visión de otros en el pasado; fue tiempo perdido, pero agua pasada no mueve molinos. Lo relevante hoy, es que algunos en este sector, con visión de futuro, empiezan a ser conscientes de que es preciso avanzar y que no se puede permanecer estático en modos de relación con los clientes propios de los años 80. Se debe perder el miedo a dejar de engañar al cliente con las horas de prestación del servicio. Si eres honesto, prestas un buen servicio, tratas bien a tú cliente y tu margen es el adecuado tendrás un cliente mucho tiempo.

En las citadas «discusiones», a las que aludía al principio de este artículo, recuerdo, perfectamente, que en Pilot CCS manteníamos que además era vital el cumplimiento de este requisito por el riesgo de conversión de contratos a tiempo parcial a tiempo completo con el consiguiente encarecimiento del servicio para el cliente. No se si ya se han dado casos, pero estoy seguro que si no es así sucederá tal y como lo digo en un futuro no muy lejano. Algún directivo o empresario de servicios tendrá que personarse ante su cliente para explicar que su contrato se encarecerá un 25% al pasar por «arte de magia» la jornada de su limpiadora adscrita al centro de 30 a 40 horas semanales. La empresa de servicios, amparada en la «dulce» subrogación, finalmente no asumirá sus errores, lo hará el cliente abonado estúpidamente un 25%, pero el descredito es enorme. El cliente puede encontrarse, de la noche a la mañana, con un trabajador de su contrata, asignado a su centro de trabajo, con gran antigüedad y a la que, con un contrato ya a tiempo completo, no se le puede tocar ni una coma la jornada. Por eso, reitero mi enhorabuena a Jesús Martín López, por fin alguien empieza a levantar la cabeza y donde unos ven una debilidad él encuentra un punto de fortaleza. Ya no vale el «y si, y si … cae el techo sobre nuestras cabezas».

Excepto contados edificios, de los más antiguos del mundo, como Santa Sofía de Constantinopla, el Panteón de Agripa o la Basílica de San Marcos todos los techos terminan por caerse, incluidos los de estas reliquias arquitectónicas. Es nuestra responsabilidad, que cuando lo hagan tengan el menor impacto para nuestros clientes. Eso es lo que se debe vender. En definitiva, se puede resumir en una frase «ser profesionales honestos con focus cliente» .


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24 junio, 20160

Nos viene a la memoria la célebre cita de William Shakespeare, que da título a este post, porque el pasado mes de enero, ASPEL, la patronal que agrupa a las grandes empresas de limpieza, reclamaba que se fijase un precio mínimo en los contratos públicos para evitar prácticas ilegales. En un informe con el título de «La dictadura del precio» el sector pide endurecer la normativa para excluir directamente de los concursos a aquellas empresas cuyos precios no cubran los costes de mano de obra.

Estamos de acuerdo y, en este punto, Pilot CCS, con la elaboración de sus informes, aporta la información necesaria a los distintos organismos para identificar los costes de la mano de obra. Como hemos dicho coincidimos plenamente con esta petición, pero, por experiencia, sabemos que una parte que valoraremos como «nada desdeñable» de las empresas prestatarias de estos servicios alteran la información facilitada al cliente del personal subrogable. De esta forma se altera obviamente la libre competencia y entonces cabe preguntarse cual sería el precio de referencia: ¿El listado de subrogación alterado? ¿El listado de subrogación que se entiende sin alteraciones en caso de ser posible identificarlo? ¿El que determine el rendimiento metros cuadrado / hora?

Es cierto lo que dice el presidente de Aspel, Díez de los Ríos, al indicar que el precio cómo único criterio de valoración en la adjudicación de contratos lleva «a la ineficiencia del servicio y al uso de los recursos de forma no adecuada, pero no es menos cierto que ciertas practicas generalizadas en el sector llevan a «a la ineficiencia del servicio y al uso de los recursos de forma no adecuada». A mayores, no pocas veces los clientes de estas empresas padecen, en forma de un sobre coste en los servicios, los abusos cometidos por estas contratas amparándose en la obligada subrogación del personal.

Estamos también de acuerdo en que, en la práctica, los procedimientos que formalmente revisten la forma de concurso terminan por convertirse en subastas encubiertas, utilizando como único criterio de selección aquella oferta que presente el precio más bajo. Esto obviamente no debería ser así, por ello urge que el sector recupere el prestigio perdido por décadas de prácticas poco ortodoxas hacia su clientes.

Todo ello nos lleva a la conclusión de que el sector deber ser reformado íntegramente por el bien y futuro de las contratas, regulando la subrogación mediante el desarrollo de un corpus legal que proteja por igual al cliente y a las contratas. Impedir por ejemplo la adscripción de nuevo personal con una antigüedad superior a la fecha del contrato mercantil suscrito entre la contrata y el cliente. Pongamos un claro ejemplo, si una empresa comienza su actividad este año es verdaderamente impresentable que tenga que pagar un sobre coste al año siguiente al haber descargado en su centro, la contrata en la que confió, los operarios excedentes de otro y con una antigüedad relevante, transfiriendo a su confiando cliente un pasivo laboral, un servicio inadecuado y unos recursos ineficientes. En este punto recordamos las palabras de un conocido presidente de una de las compañías mas relevantes presumiendo de su acción social decía sin rubor, después de la recolocación de unas decenas de sus empleados que prestaban servicio en un edificio siniestrado, «nosotros no despedimos». El se llevó su titular pero la fiesta la pagaron sus clientes en los que se recolocó el personal.

Así pues, estamos de acuerdo con Aspel en sus legítimas peticiones pero deben ser más ambiciosos, aportar luz a un sector necesitado de ella. Pedimos por el bien de todos algo más que no sea, por terminar como empezamos con Shakespeare y su Hamlet «Palabras, palabras, palabras».


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24 abril, 20160

LINORSA, la empresa de limpieza con capital gallego de mayor dimensión y con sede en Vigo, se ha declarado en concurso voluntario de acreedores. El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Vigo, declaró en concurso voluntario de acreedores a la mercantil.

LINORSA, con una importante cartera de clientes en el sector público, es la concesionaria de limpieza en numerosos ayuntamientos, centros de enseñanza, ambulatorios, etc. La compañía tiene una plantilla de más de 1.200 trabajadores y acumula una deuda de 8,6 millones de euros.

La empresa fue constituida en 1981 y mantiene actividad principalmente en Galicia pero también en Madrid y Castilla y León.


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12 febrero, 20160

A mediados del pasado mes de enero cerramos la encuesta dirigida a nuestros clientes para conocer la calidad de nuestros servicios.

En las respuestas recibidas de nuestros clientes destaca la satisfacción global con nuestros servicios. Estos han considerado como muy buena la información de costes sobre sus contratas que les ha aportado Pilot CCS para la toma de decisiones en sus compras. Consideran todos ellos como muy alto el conocimiento aportado por nuestra empresa sobre los servicios externalizados y ,con la consideración general, manifiestan haber recibido un trato muy correcto por Pilot CCS. Todo ello hace que preguntados sobre si recomendarían los servicios de Pilot CCS, tomando como cero que no los recomendarían y 10 que los recomendarían sin duda alguna, todos nos han contestado valorando su posible recomendación con un 9 o un 10.

Igualmente nuestros clientes se han mostrado entre satisfechos y muy satisfechos con los tiempos empleados por Pilot CCS para lanzar y cerrar sus RFP. Nuestros servicios son igualmente valorados de forma general y sin excepciones entre buenos y muy buenos, teniendo la misma consideración el ahorro obtenido.

Nuestros pliegos de condiciones han tenido la consideración de buenos por nuestros clientes. Trabajaremos y nos esforzaremos para que en las próximas encuestas nuestros pliegos sean valorados como muy buenos.

Agradecemos a aquellos clientes que de forma anónima nos han respondido a la encuesta y utilizaremos estso datos para seguir mejorando y alcanzar la excelencia en nuestros servicios.

Otra vez gracias por haber participado.


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20 enero, 20160

«Un sueldo municipal superior al del alcalde». Así titula un periódico gallego la noticia, publicada en enero de 2016, en relación con el sueldo de un 97.250 euros anuales del encargado de la futura empresa gestora del servicio municipal de mantenimiento de la iluminación y túneles en una importante ciudad gallega.

Su sueldo no solamente es superior al del alcalde de la ciudad, también es sustancialmente superior al del presidente de la Xunta (66.923,04 euros) y al del presidente del gobierno que cobra 78.185 euros. En definitiva este encargado del servicio de mantenimiento de la iluminación y túneles cobrará 19.065 € más al año que el presidente del gobierno de España.

Nada tenemos que objetar a que una empresa privada pague los sueldos que considere conveniente a sus empleados pero harina de otro costal es que hipoteque a un ayuntamiento al obligar el contrato a su subrogación.

La situación analizada en la noticia es ya verdaderamente compleja; obviamente derivada de la falta de control de su contrata por parte del ayuntamiento. Si este «empleado» tiene derecho a ser subrogado se tiene que respetar en principio sus condiciones laborales, incluido su salario. Era en momentos anteriores cuando se debía haber controlado a la contrata y no se hizo. Se debería haber trabajado más el pliego de condiciones y controlado el personal que se adscribió al servicio.

Seamos positivos. Extraigamos una enseñanza

La Administración debe contemplar en todos los concursos públicos, en los que existe la subrogación de personal entre las contratas, el control de los pasivos laborales que las mismas pueden generar. Si no lo hace al final son los contribuyentes los que terminan pagando ese desinterés. Muchas veces los responsables de estos contratos públicos, una vez adjudicado el servicio, se desentienden del mismo. Otras veces, se centran en controlar horas cuando él mayor daño lo pueden hacer las contratas adscribiendo personal a los centros de trabajo y fijando sueldos sin ningún control. Otros, y lo decimos por experiencia, empiezan a preocuparse por los pasivos laborales, si bien es cierto que aun son los menos.

Sirva este lamentable ejemplo de falta de control para reafirmarnos en la necesidad de controlar los pasivos laborales que pueden generar las contratas. Estas situaciones se pueden evitar y ese es el trabajo de Pilot CCS. No nos cansaremos de repetirlo aunque muchas veces no seamos escuchados por las distintas Administraciones.


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2 diciembre, 20150

El pasado 28 de agosto de 2015 el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el por el que se modifica parte del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1098/2001), con el siguiente impacto para los contratos que se formalicen con las empresas de servicios:

  • Desaparece la obligatoriedad de clasificación.
  • El periodo para acreditar la experiencia se amplía de 3 a 5 años.
  • Cuando el valor no exceda de 35.000 euros, se establece la exención de la necesidad de acreditar la solvencia técnica, económica y financiera.

Creemos que estos cambios refuerzan aún más la necesidad de definir por parte de las administraciones pliegos de condiciones profesionalizados con el fin de minimizar los aspectos negativos que una mayor concurrencia podría provocar.


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27 noviembre, 20150

Ha fallecido a los 88 años David Álvarez Díez presidente y fundador del grupo EULEN, una referencia ineludible en el sector de servicios a empresas. En su haber está el haber sido el primer empresario que profesionalizó un sector como el de la limpieza que tradicionalmente se desarrollaba en la economía sumergida y haber consolidado el primer grupo español de Facility Services. EULEN en la actualidad ofrece servicios de limpieza, seguridad, auxiliares, jardinería, mantenimiento y trabajo temporal entre otros.

Nacido en Crémenes (León) fundó en sus inicios profesionales Limpiezas El Sol, germen de lo que luego sería EULEN que con presencia en una docena de países en la actualidad tiene una facturación de 1.400 millones de euros. EULEN da empleo a 84.479 personas en todo el mundo de las cuales 49.169 están empleadas en España.

Estaba en posesión de la Gran Cruz del Mérito Civil y era marqués de Crémenes, título concedido por Juan Carlos I en 2012.


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